Junto con la oración, la participación en los oficios religiosos y la participación en el resto de las actividades parroquiales, la colaboración a través de donaciones es fundamental para mantener la parroquia activa y viva. Estas contribuciones permiten mantener el edificio en buen estado, financiar actividades comunitarias, y apoyar a quienes más lo necesitan. Al donar, no solo fortalecemos nuestra comunidad de fe, sino que también fomentamos un ambiente de apoyo y solidaridad, donde cada uno puede sentirse parte de algo más grande. Puedes realizar un donativo periódico o puntual y colaborar de esta forma con tu parroquia.
Te recordamos que los donativos se pueden desgravar en la declaración del I.R.P.F.
En el despacho de la parroquia puedes solicitar el justificante para presentar en la declaración de la renta. Horario de despacho parroquial
Régimen fiscal para las deducciones:
Las personas físicas
- Donativos de hasta 250€: un 80%
- Donativos de más de 250€: un 80% de los primeros 250€ y un 40% del resto.
- Si el donativo es recurrente (dos años consecutivos donando la misma cantidad o mayor) el porcentaje del 40% sube al 45%.
- El límite de deducción máxima es de hasta el 15% de la base liquidable con un tope máximo de 25.000 €
Las personas jurídicas (aquellas que tributan por Impuesto de Sociedades, el IS)
- Donativos en general un 40%
- Donativos recurrentes un 50%